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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Jueves, 28 de mayo de 1998 Pág. 5.835

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 143/1998, de 15 de mayo, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una finca situada en el término municipal de Coristanco (A Coruña), hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

El Pleno de la Corporación Municipal de Coristanco, en sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 1998, acordó la cesión a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de una finca para la ejecución de las obras de adaptación de los centros educativos a la LOGSE.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Coristanco acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta, en los términos fijados en el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Coristanco, la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia del terreno situado en la parroquia de Traba y término municipal de Coristanco y que se describe a continuación:

«Rústica: finca llamada Chousa do Porto o Espiñaredo, señalada con el número ciento noventa del catastro al lado del colegio de Traba, en San Roque, parroquia de Traba, municipio de Coristanco; ocupa una superficie de seis mil setecientos diez metros cuadrados y linda: norte, camino público; sur, finca de Carmen Trigo García y patio del colegio de Traba; este, fincas de Antonio Costa Pérez, Carmen Pérez Vilanova, Clarisa López Bertoa, Visitación Varela Facal y Pedro Pena Varela; y oeste, camino público.

El inmueble descrito figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Carballo, en el tomo 1071, libro 118 de Coristanco, folio 8, finca número 12.636, inscripción 1ª.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de un centro de enseñanza secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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