Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 08 de junio de 1998 Pág. 6.297

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 22 de mayo de 1998 por la que se clasifica como benéfico docente la Fundación María Seoane Colmeiro.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación María Seoane Colmeiro, con domicilio en Silleda.

Supuestos de hecho.

1. Julio Insua Villamayor, en calidad de presidente de la fundación, en escrito de 2 de enero de 1998 formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Silleda, el día 13 de enero de 1964, ante el notario Juan Antonio Martínez Cabello, con el número cuarenta y seis de su protocolo; esta escritura fue complementada por otra posterior de adaptación de estatutos otorgada en Silleda el día 17 de diciembre de 1997 ante la notaria Fátima Vázquez Espiérrez con el número ochocientos cuarenta y siete.

3. Según consta en el artículo cuarto de sus estatutos, el objeto de la fundación es la prestación de servicios educativos y de promoción socio-cultural en el marco de las necesidades de este orden existentes en el Ayuntamiento de Silleda en particular y Galicia en general, en todo caso sin ánimo de lucro.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Julio Insua Villamayor como presidente, José Ramón Castro Frade como secretario, Luis Galego García, Juan José Salgueiro Montouto, María de Lemus Cortes, María del Carmen Rey Fernández y Manuel Mosquera Fernández como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés benéfico docente de la Fundación María Seoane Colmeiro, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico docente y su adscripción a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la comisión de secretarios generales en su reunión del día 18 de mayo de 1998.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de benéfico docente la Fundación María Seoane Colmeiro adscribiéndola a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 1998.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública

5067