El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha 3 de agosto de 1998, resolvió otorgar, con carácter definitivo, a la empresa Autocares Meijide, S.L., la concesión de servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera entre Agolada y Dozón: V-2941; XG-331, por sustitución de la concesión: V-2941; XG-331, entre Alto da Fraga y Agolada, con hijuela, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerarios y puntos de parada.
* Agolada, Ferreiroa, Ventosa, Alto da Fraga, Guillar, Negrelos, Rodeiro, Riobó, Senra, Asperelo, Carboentes, Agrosagro, Arnego, Rañestras, Sá, Moi, Diz y Dozón.
II. Expediciones.
-Agolada-Rodeiro (16,5 km).
* Dos expediciones de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.
-Rodeiro-Dozón (24,5 km).
* Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.
III. Tarifas.
-Tarifa aplicable:
* Tarifa partícipe por viajero/km: 9,7795 pesetas.
* Tarifa usuario: l0,4641 pesetas.
* Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 1,4669 pesetas.
Contra la citada disposición, definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 1998.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes

