En atención a los méritos que concurren en Álvaro Arzú Irigoyen, presidente constitucional de la República de Guatemala, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Galicia, modificado por el Decreto 166/1995, de 16 de junio, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por tanto y previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a Álvaro Arzú Irigoyen, presidente constitucional de la República de Guatemala.
Santiago de Compostela, veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración
Pública