De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre (BOE del 27-11-1992), se notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el última domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente nº 15-508/97 por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso ordinario ante el presidente del Instituto Gallego de Consumo (plaza de Europa, nº 10 A 2º, Edif. Área Central-As Fontiñas, 15703 Santiago de Compostela) en el plazo de un mes a partir de esta notificación.
Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción debendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en el subsiguiente plazo de 15 días hábiles en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de Caixa Galicia (2091) Oficina de Relación con Organismos (0388), Santiago de Compostela.
Expediente: 15-508/97.
Inculpado: Fontanería La Ronda, S.L.
Domicilio: Ronda de Outeiro nº 274, A Coruña.
Sanción y motivo: 50.000 ptas. Obstrucción a la labor inspectora.
Fecha de resolución: 23-2-1998.
A Coruña, 18 de noviembre de 1998.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña

