Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, da fe y testimonio:
Que en el juicio verbal de faltas número 164/1998, que en este juzgado se sigue por hurto, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
En Santiago de Compostela a veintidós de enero de mil novecientos noventa y nueve.
José Gómez Rey, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela y su partido, pronuncia la siguiente sentencia:
Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 164/1998, seguidos en este juzgado sobre hurto, en los que son partes, además del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, los denun
ciantes José Vicente Rodríguez Fernández y José Antonio González Bueno, y el denunciado, Enrique Martínez Bravo.
Que debo absolver y absuelvo libremente a Enrique Martínez Bravo de la falta de hurto por la que fue denunciado, declarando de oficio las costas procesales.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, para ante la audiencia provincial, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, en la forma que disponen los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Enrique Martínez Bravo, el cual se halla en paradero desconocido, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
El magistrado-juez
Rubricado
La secretaria
Rubricado

