Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 21 de abril de 1999 Pág. 4.703

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se somete a información pública el proyecto de autorización de instalaciones: punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 de la N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura, promovido por la empresa Enagás, S.A.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, artículos 17 de la Ley de expropiación forzosa y 56 de su reglamento, Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia y demás normativa específica de aplicación, y a los efectos previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 6 de mayo de 1993, por el que se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano competente por razón de la materia para la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento,

se somete a información pública el proyecto punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 de la N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura declarado de utilidad pública por el artículo 103 de la citada Ley 34/1998.

Peticionario: Enagás, S. A., con domicilio en Avda. de América, nº 38 (C.P. 28028), Madrid, titular de la concesión administrativa otorgada por orden del conselleiro de Industria y Comercio de 12 de marzo de 1993 para la prestación del servicio público de conducción y suministro de gas natural para usos industriales en distintos términos municipales de la provincia de Pontevedra.

Objeto de la petición: autorización administrativa y aprobación del proyecto de instalaciones de punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 de la N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura.

La autorización de instalaciones que se solicita comportará, de acuerdo con lo que establecen los artículos 103 y 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, los beneficios de la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación urgente al efecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones y de la imposición y el ejercicio de la servidumbre de paso y de otras limitaciones de dominio.

Características de las instalaciones: las variantes realizadas afectan a los términos municipales de O Porriño, Salceda de Caselas y Tui, y son las que se exponen a continuación:

El trazado parte del polígono industrial As Gándaras, en el municipio de O Porriño, a la altura del p.k. 114,7 de la línea férrea Monforte-Tui. Sigue paralelo a la citada línea férrea, por el camino de acceso a las oficinas de Cerámicas Mas, recorriendo aproximadamente 180 m, punto donde cruza la autovía A-55 y la antigua Nacional N-550-A.

Durante 1.950 m discurre paralelo a la Nacional 550 A, por su margen izquierdo, atravesando los tres municipios citados, hasta llegar a la altura del p.k. 165,5. A partir de este punto parte el ramal de suministro a Cerámicas Moura, S.L.

El diámetro del ramal principal-punto de entrega a Gas Galicia es de 6, y del ramal a Cerámicas Moura de 2.

La tubería será de acero según especificaciones API 5L, en calidad GrB o equivalente.

Términos municipales afectados:

O Porriño, Salceda de Caselas y Tui.

Presupuesto: el presupuesto asciende a dieciséis millones seiscientas sesenta y cinco mil trescientas setenta pesetas (16.665.370 ptas.).

Afección a fincas particulares:

La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción de las instalaciones auxiliares del gasoducto, se concreta de la siguiente forma:

Uno: expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos: para canalizaciones:

A. Imposición de servidumbre permanente de paso, a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de terrreno de dos (2) metros, uno a cada lado del eje de la tubería, a lo largo de la misma, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta franja estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos (2) metros a contar desde el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, contrucción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco (5) metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar hitos de señalización o delimitación, y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B. Ocupación temporal de los terrenos, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo, y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Tres: para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

A. Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un (1) metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección

catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un (1) metro a cada lado. Esta franja estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación, a una distancia inferior a metro y medio, a cada lado del cable de conexión del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

2. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que ocasionen.

B. Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que hará desaparecer todo obstáculo,

así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar la misma en esta Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio, edificio administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela, y en la la Delegación Provincial de Pontevedra, Rúa Nova de Abaixo nº 2, y presentar por triplicado en dichos centros las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 9 de marzo de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria y Comercio

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Proyecto: punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 da N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura.

Término municipal: O Porriño.

Finca nºTitular y domicilioAfecciónCatastroNaturaleza

L. mlO.T. mPolig.Parcela

PO-PR-1300Cerámicas Mas, S.A. O Cerquido, 36475 O Porriño (Pontevedra)1871.87053636Pista

PO-PR-1301Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia. Unidad de Carreteras de Pontevedra. C/ San Roque, 2, 36701 Pontevedra26260Autovía

PO-PR-1302Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia. Unidad de Carreteras de Pontevedra. C/ San Roque, 2, 36701 Pontevedra.10100Matorral

PO-PR-1303Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia. Unidad de Carreteras de Pontevedra. C/ San Roque, 2, 36701 Pontevedra.3363.360Autovía

PO-PR-1304Manuel Pérez Pérez. O Cerquido, 4, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).14357254128Monte alto

PO-PR-1305Amadeo Pérez Vila. O Cerquido, 13, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).04054135Escalera

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Proyecto: punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 da N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura.

Término municipal: Salceda de Caselas.

Finca nºTitular y domicilioAfecciónCatastroNaturaleza

L. mlO.T. mPolig.Parcela

PO-SA-1Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia. Unidade de Carreteras de Pontevedra. C/ San Roque, 2, 36701 Pontevedra.8703.480Carretera

PO-SA-2Ayuntamiento.-C/ Doctor Zunzunegui 7, 36473 Salceda de Caselas.830Pista

PO-SA-3Ayuntamiento.-C/ Doctor Zunzunegui, 7, 36473 Salceda de Caselas.312Camino

PO-SA-4Manuel Castiñeiras Casales. O Cerquido, 26, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).35702636Viña

PO-SA-5Enair López Ramírez. O Cerquido, 18, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).20552640 y 41Jardín

PO-SA-6Manuel Castiñeiras Casales. O Cerquido, 26, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).25802642Tierra de labor

PO-SA-7Mª del Carmen Alonso López. O Cerquido, 33, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).8402646Viña

PO-SA-8José González Fernández. Casal, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).22742647Viña

PO-SA-9Nemesio Pérez Alonso. O Cerquido, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).35702648Viña

PO-SA-10Rosa Pérez Rodríguez. O Cerquido, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).319326101Tierra de labor

PO-SA-11Ayuntamiento.-C/ Doctor Zunzunegui, 7, 36473 Salceda de Caselas (Pontevedra).1060Camino

PO-SA-12Ángel Martínez Álvarez. O Cerquido, 22, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).551212671 y 102Viña

PO-SA-13Desconocido1730267Jardín

PO-SA-14Ángeles Martínez Álvarez. O Cerquido, 22, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).367626247Viña, tierra de labor

PO-SA-15María González Álvarez. O Cerquido, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).225026118Viña

PO-SA-16Aurora Gómez Besada. Areas, s/n, 36700 Tui (Pontevedra).204426562Tierra de labor

PO-SA-17Héctor Represas Romero. Estación de Guillarei, 36720 Tui (Pontevedra).61226150Tierra de labor

PO-SA-18Balbino Romero Vila. O Cerquido, 25 A, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).51026151Tierra de labor

PO-SA-19Rosa Pérez Vila. O Cerquido, Budiño, 36475 O Porriño (Pontevedra).102026152Tierra de labor

PO-SA-20Juan Lino Besada Lemos. O Cerquido, 26, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).6518026153Tierra de labor

PO-SA-21Confederación Hidrográfica do Norte. Pza. de España, 2, 33007 Oviedo (Asturias). 742Arroyo

PO-SA-22Juan Lino Besada Lemos. O Cerquido, 26, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).1910026156Tierra de labor

PO-SA-23Angustias Pereira Romero. O Cerquido, 29, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).8218026145 y 155Aparcamiento

Finca nºTitular y domicilioAfecciónCatastroNaturaleza

L. mlO.T. mPolig.Parcela

PO-SA-24Ayuntamiento.-C/ Doctor Zunzunegui, 7, 36473 Salceda de Caselas.1060Pista

PO-SA-25Julio Bouzada Calzado. O Cerquido, 40, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedras). Severiano Gabín González.11546025375Aparcamiento

PO-SA-26Comunidad de Montes de Budiño. (Pte: Lino González Fernández). Rubindo, 15, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).3018026376Monte bajo

PO-SA-27Comunidad de Montes de Budiño. (Pte: Lino González Fernández). Rubindo, 15, Budiño, 36475 Salceda de Caselas (Pontevedra).2501.50026377Excavación

PO-SA-27 bisCerámicas Mas, S.A. O Cerquido, s/n, 36475 O Porriño (Pontevedra).2501.50026377Excavación

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Proyecto: punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 de la N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura.

Término municipal de: Tui

Finca nºTitular y domicilioAfecciónCatastroNaturaleza

L. mlO.T. mPolig.Parcela

PO-TU-1500Cerámicas da Moura. A Gándara, s/n. Guillarei, 36720 Tui (Pontevedra).3603.60027Zona industrial

Instalaciones auxiliares.

Proyecto: punto de entrega a Gas Galicia en el p.k. 165,5 de la N-550-A, y ramal de suministro a Cerámicas da Moura.

Abreviaturas empleadas: PO=Posición.

Término municipal de: Tui.

Finca nºTitular y domicilioAfecciónCatastroNaturaleza

L. mlO.T. mExp. mPolig.Parcela

PO-TU-1500 POCerámica da Moura. A Gándara, s/n, Guillarei, 36720 Tui (Pontevedra).00427Zona Industrial

PO-TU-1500/1-PCerámica da Moura. A Gándara, s/n, Guillarei, 36720 Tui (Pontevedra).00327Zona industrial