El Pleno de la Corporación, en sesión de 28-1-1999, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.-Prestar aprobación definitiva a la propuesta formulada por Corvorana, Sociedad Cooperativa Limitada, según proyecto redactado por los arquitectos Rodríguez Pagán y Gómez Ayuso, con visado de la Delegación Provincial en Pontevedra del COAG de 2-6-1998, de modificación de la delimitación del polígono B-10/San Brais del Plan General de Ordenación Urbana, excluyéndose de este ámbito espacial delimitado una parcela actualmente destinada a espacio libre de titularidad municipal e incluyéndose dentro del mismo una porción de la finca de titularidad de la citada cooperativa, calificada por el planeamiento como equipamiento en suelo urbano, para su cesión a este Ayuntamiento, de manera que el nuevo ámbito del polígono B-10 comprende la finca denominada A Corva, de exclusiva titularidad de Corvorana, S.C.L. como consecuencia de la gestión proyectada, compensándose en base a la misma la cesión del 10 por 100 de aprovechamiento urbanístico no patrimonializable por la propiedad.
Segundo.-Ratificar el convenio suscrito por la Alcaldía y Corvorana, Sociedad Cooperativa Limitada, el diecinueve de enero pasado, con la finalidad de establecer las condiciones reguladoras del futuro plan parcial del polígono B-10, como instrumento urbanístico de desarrollo del plan general en esa unidad de actuación territorial, compensación del aprovechamiento no patrimonializable de cesión a esta Administración municipal y exención al Ayuntamiento de cualesquiera gastos que pudieran corresponderle por la gestión del polígono.
Tercero.-Publicar este acto administrativo en el BOP y Diario Oficial de Galicia, con notificación personal a los interesados y remisión de testimonio del mismo a la delegación provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.
Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo establecido en los artículos 10.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente con arreglo a derecho.
Pontevedra, 5 de marzo de 1999.
Juan Luis Pedrosa Fernández
Alcalde
Julio Dapena Outomuro
Secretario general

