En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos del Sindicato Independiente de Trabajadores de Autopistas-Autoestradas (SITA) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer al referido sindicato todos los trabajadores de la empresa Audasa y de la empresa Autoestradas de Galicia.
Firman el acta de constitución: Marcelino Sánchez López y siete personas más.
Santiago de Compostela, 24 de marzo de 1999.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales

