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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Miercoles, 19 de mayo de 1999 Pág. 6.006

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 6 de abril de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la notificación de los acuerdos de iniciación de los expedientes sancionadores por infracciones en materia de espectáculos públicos que se citan. (Expediente LU-E 73/1999 y cuatro más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de inicación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos, cuya cuantía y número se citan en el anexo.

Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretaria a la Jefa de Nego

ciado Inés Docando Casanova, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992 (BOE del 27 de noviembre).

El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas, considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establece el artículo 13-d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del R.D. 1398/1993 (BOE del 9-8-1993), determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (DOG del 30-9-1996).

Lugo, 6 de abril de 1999.

Decreto 227/1998, de 10 de julio

Rafael Díaz Iglesias

Secretario provincial de Lugo

ANEXO

NombreDNI/NIFNº expedientePrecepto infringidoÚltimo domicilioMulta máxima

Luis Vázquez Rodríguez78.780.992LU-E 73/9923-o) en relación con el 26-e) LO 1/1992Suafonte 31, BurelaHasta 5.000.000 de ptas. y/o suspensión de la licencia de apertura por el período de hasta 6 meses
Mª Jesús Fernández Lanza33.839.514LU-E 65/9923-o) en relación con el 26-e) LO 1/1992c/ Illas Canarias, 53, LugoHasta 5.000.000 de ptas. y/o suspensión de la licencia de apertura por el período de hasta 6 meses
Antonio González Acosta50.803.019LU-E 72/9923-e) LO 1/1992Avda. Galicia 43, Monforte de LemosHasta 5.000.000 de ptas. y/o clausura del establecimiento por el período de hasta 6 meses
Minimal Pub, S.L.B-27.219.690LU-E 68/9926-e) LO 1/1992c/ Galicia 9, LugoHasta 50.000 ptas.
Koke Vilalba, S.L.B-27.206.416LU-E 66/9926-e) LO 1/1992Ciudad de Viveiro, VilalbaHasta 50.000 ptas.