Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las propuestas de los correspondientes expedientes sancionadores, con los números que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5.c d ela Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción la instructora del expediente propone la sanción de multa de 500.000 ptas, sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Conforme a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, dese traslado a los interesados concediéndoles un plazo de 15 días para formular alegaciones en trámite de audiencia y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes. La presente rpopuesta no es susceptible de recurso.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.17º de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña, 20 de abril de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 51/1998
Carolina Badía Benzano
Avda. Castelao, 25-bajo derecha, Caranza (Ferrol).