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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Martes, 20 de julio de 1999 Pág. 9.407

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva de la modificación del plan parcial del polígono A-1.1-O Bao, del Plan General de Ordenación Urbana.

El Pleno de la Corporación, en sesión de 29-4-1999, aprobó definitivamente la modificación puntual del plan parcial del polígono A-1.1-O Bao del Plan General de Ordenación Urbana, promovida mediante iniciativa particular por Granja del Bao, S.A. y redactada por los arquitectos José A. y Ignacio Hermo Túñez, con la finalidad de modificar los retranqueos exigibles de la Ordenanza de Edificación Industrial-Comercial (I-C), fondos de parcela y laterales, reduciendo esos retranqueos y permitiendo una mayor ocupación en planta, sin modificar la distancia al frente ni ningún otro de los parámetros autorizados.

De conformidad con el informe de la CPTOPV de 18-3-1999, los nuevos retranqueos propuestos sólo afectarán a linderos entre parcelas del polígono, respetando el mínimo de 3 m fijado por el plan parcial vigente para linderos que dan a zonas verdes, equipamientos y de propiedades exteriores al polígono y, asimismo, estos nuevos retranqueos son acordes y compatibles con los coeficientes de ocupación máxima establecidos para cada parcela en las fichas individualizadas contenidas en el apartado 4.2 del plan parcial vigente, coeficientes que habrán de respetarse en todo caso.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su modificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente a aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 24 de mayo de 1999.

Juan Luis Pedrosa Fernández

Alcalde

Julio Dapena Outomuro

Secretario general