En virtud de resolución dictada en ejecutoria 28/1999, dimanante de juicio de faltas 319/1998,
sobre una falta de estafa, se acordó el requerimiento de Juan Carlos Oreiro Varela, para que haga efectiva la pena de multa que le fue impuesta de un mes, fijando el importe de cuota diaria de la pena de multa en la cuantía de cuatrocientas pesetas, y a que indemnice conjunta y solidariamente junto con Justo Vecino Sánchez, en la cantidad de cinco mil quinientas pesetas a que fueron condenados en concepto de indemnización y al pago de las costas causadas.
y para que así conste y sirva de requerimiento en forma a Juan Carlos Oreiro Varela, en paradero desconocido, expido esta cédula en Carballo a quince de junio de mil novecientos noventa y nueve.
La secretaria judicial
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