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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Jueves, 22 de julio de 1999 Pág. 9.484

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se renueva al Centro de Estudios Vértice la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por Catalina Arévalo Blázquez, en representación del Centro de Estudios Vértice, y la documentación anexa, en la que se solicita le sea renovada la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la instrucción técnica complementaria IT-IC 11 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) aprobada por R.D. 1751/1998, de 31 de julio (BOE del 5 de agosto), por la que se establecen especialidades de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria y se fija el número mínimo de horas para desarrollar los programas de los cursos teóricos y de conocimientos específicos para la obtención de los mismos.

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentarios establecidos.

Esta Dirección General de Industria,

RESUELVE:

Renovar a la empresa Centro de Estudios Vértice la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización e agua caliente sanitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La duración de los cursos en número de horas se ajustará a lo dispuesto en la ITE 11 del R.D. 1751/1998, de 31 de julio de 1998.

Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la dirección general de Industria y a la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de la provincia correspondiente el programa, profesorado, lugar, horario y exámenes, a fin de realizar el control correspondiente.

Esta autorización deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar ante esta Dirección General de Industria el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria