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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Lunes, 26 de julio de 1999 Pág. 9.588

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 216/1999, de 15 de julio, por el que se autoriza el cambio de denominación de determinados centros del sistema universitario de Galicia.

La Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del sistema universitario de Galicia (DOG nº 156, del 16 de agosto), supuso la realización de una planificación general del sistema. Al desarrollo de esta planificación contribuyeron diversos decretos.

Una vez finalizado el proceso de expansión del sistema universitario de Galicia, se trabaja de cara a su consolidación, atendiendo expresamente a los problemas derivados de la definición específica de cada campus.

Actualmente, la denominación de las escuelas universitarias de graduados sociales creadas en la Comunidad Autónoma no se ajusta a la denominación de los estudios que se imparten en ellas, por lo que es necesario modificar la denominación de estos centros.

Con este decreto se da cumplimiento al cambio de denominación de las escuelas universitarias de graduados sociales de las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo, solicitados por estas universidades y al cambio de denominación de la Facultad de Humanidades del Campus de Vigo y de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Industrias Forestales del Campus de Pontevedra, solicitados por la Universidad de Vigo, una vez que tienen cumplidos ya todos los requisitos previos al acto formal de la autorización del cambio de denominación por parte de la Xunta de Galicia.

Por todo ello, en aplicación de los artículos 2.13º y 11.1º de la Ley 5/1987, de 27 de mayo (DOG del 2 de junio), del Consejo Social de la Universidad y del Consejo Universitario de Galicia, a instancia de los Consejos Sociales de las Universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo, con el informe favorable del Consejo Universitario de Galicia, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria y previa de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día quince de julio de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Universidad de Santiago de Compostela.

Se concede autorización para que la Escuela Universitaria de Graduados Sociales del Campus de Santiago de Compostela, integrada por el Decreto 241/1991, de 4 de julio (DOG del 18 de julio), pase a denominarse Escuela Universitaria de Relaciones Laborales, albergando los estudios ya autorizados y ratificados por el Decreto 247/1992, de 30 de julio (DOG del 17 de agosto), conducentes al título de diplomado en relaciones laborales.

Artículo 2º.-Universidad de A Coruña.

Se concede autorización para que las escuelas universitarias de graduados sociales del Campus de A Coruña y del Campus de Ferrol, adscritas por el Decreto 416/1990, de 31 de julio (DOG del 10 de agosto), pasen a denominarse escuelas universitarias de relaciones laborales, albergando los estudios ya autorizados y ratificados por el Decreto 247/1992, de 30 de julio, conducentes al título de diplomado en relaciones laborales.

Artículo 3º.-Universidad de Vigo.

1. Se concede autorización para que la Escuela Universitaria de Graduados Sociales del Campus de Vigo, adscrita por el Decreto 274/1991, de 30 de julio (DOG del 13 de agosto), pase a denominarse Escuela Universitaria de Relaciones Laborales, albergando los estudios ya autorizados y ratificados por el citado Decreto 247/1992, de 30 de julio, conducentes al título de diplomado en relaciones laborales.

2. Se concede autorización para que la Facultad de Humanidades del Campus de Vigo, creada por el Decreto 505/1990, de 2 de noviembre (DOG del 19 de noviembre), pase a denominarse Facultad de Filología y Traducción, albergando los estudios ya autorizados por los decretos 274/1991, de 30 de julio, 192/1993, de 29 de julio (DOG del 17 de agosto), y 248/1998, de 10 de septiembre (DOG del 18 de septiembre), conducentes a los títulos de licenciado en traducción e interpretación, licenciado en filología hispánica, licenciado en filología inglesa y licenciado en filología gallega.

3. Se concede autorización para que la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Industrias Forestales del Campus de Pontevedra, creada por el Decreto 416/1990, de 31 de julio, pase a denominarse Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Forestal, albergando los estudios ya autorizados por el citado decreto, conducentes al título de ingeniero técnico forestal, especialidad en industrias forestales.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Segunda.-El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, quince de julio de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria