Visto el expediente de clasificación de la Fundación Galiza Sempre, con domicilio en Santiago de Compostela, Avenida Rodriguez de Viguri, 16 bajo.
Supuestos de hecho.
1. Xosé Gonta Sobrino, en calidad de representante de la fundación, en escrito de uno de julio de 1999, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.
2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela, el día veintiuno de mayo de 1999, ante el notario Domingo Enrique Gutiérrez Aller, con el número 1.305 de su protocolo, por el Bloque Nacionalista Galego.
3. Según consta en el artículo 5 de sus estatutos el objeto de la fundación es:
a) El fomento y la realización de actividades culturales que tengan por fin el estudio y desarrollo del pensamento político, social, económico y cultural de Galicia.
b) Difundir el pensamento político de aquellas personas y entidades que trabajan, dentro de la legalidad vigente, por la consecución de la soberanía de la nación gallega, el progreso social y la profundización de la democracia en la perspectiva de alcanzar una sociedad gallega y mundial más libre, justa y solidaria.
c) Promover el conocimiento en la sociedad de la personalidad nacional de Galicia y de su historia impulsando su estudio y su proyección pública.
d) Profundizar en el conocimiento de la realidad gallega en su dimensión política, social, cultural y económica.
e) Aumentar la formación política de los ciudadanos, profundizar en el debate político e impulsar la sensibilización y concienciación de la sociedad sobre la realidad y problemáticas propias de la nación gallega y la visión del mundo desde unha perspectiva nacional gallega.
4. El patronato de la fundación estará constituido por Xosé Manuel Beiras Torrado como presidente, Francisco Rodríguez Sánchez como vicepresidente, Xosé Gonta Sobrino como secretario-tesorero.
5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Galiza Sempre, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Fundamentos de derecho.
1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2.c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.
3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día cinco de julio de 1999.
Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación
En su virtud,
DISPONGO:
Clasificar como de interés cultural la Fundación Galiza Sempre adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.
Santiago de Compostela, 6 de julio de 1999.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

