La Orden de 28 de enero de 199 (DOG del 9 de febrero) regula la concesión de subvenciones a las
asociaciones e instituciones privadas sin fin de lucro y entidades análogas para fomentar el conocimiento y el uso social de la lengua gallega.
Visto el informe-propuesta formulado por la comisión constituida al amparo del artículo 8 de dicha orde, esta consellería
DISPONE:
Artículo 1º
La concesión de ayudas en la cuantía que se indica a los proyectos relacionados en el anexo I de esta orden. En esta relación se incluyen los proyectos que no se subvencionan por no haber alcanzado suficiente prioridad, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden de 28 de enero de 1999.
Artículo 2º
Desestimar los proyectos que aparecen relacionados en el anexo II por no atender el requerimiento de subsanación de errores en el plazo establecido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Artículo 3º
Excluir los proyectos relacionados en el anexo III de esta orden, por haber sido presentados fuera del plazo establecido en el artículo 6 de la orden de convocatoria o por tratarse de sujetos expresamente excluidos por el artículo 1 de la orden de convocatoria.
Artículo 4º
Las entidades a las que les sean subvencionados proyectos deberán presentar ante la Dirección General de Política Lingüística la aceptación de la subvención concedida en el plazo máximo de diez días, contados a partir de la publicación de esta disposición en el DOG, según lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 28-1-1999.
Artículo 5º
La presente disposición pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG.
Santiago de Compostela, 4 de agosto de 1999.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria