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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Viernes, 17 de septiembre de 1999 Pág. 11.352

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 250/1999, de 9 de septiembre, por el que se crean centros y se concede autorización para implantar estudios conducentes a las titulaciones que se citan en la Universidad de Vigo.

La Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del sistema universitario de Galicia (DOG nº 156, del 16 de agosto), supuso la realización de una planificación general del sistema. A esta planificación contribuyeron decisivamente diversos decretos de creación de centros y de autorización de implantación de estudios.

Una vez finalizado el proceso de expansión del sistema universitario de Galicia, se trabaja a favor de su consolidación, atendiendo expresamente a los problemas derivados de la definición específica de cada campus.

Con este decreto, bajo la formulación general expuesta, se da cumplimiento a la autorización de creación de nuevos centros y de implantación de nuevas titulaciones en la Universidad de Vigo, en los campus de Ourense y Pontevedra, una vez cumplidos ya todos los requisitos previos al acto formal de creación por parte de la Xunta de Galicia.

Estas modificaciones se inscriben en el marco de aplicación de los principios de complementariedad interdisciplinar para grandes áreas científicas y de especialización de campus establecidos en la LOSUG, y en la reorganización de los centros existentes en el sistema universitario de Galicia.

Por todo ello, en aplicación del artículo 2.4º de la Ley 5/1987, de 27 de mayo, del Consejo Social de la Universidad y del Consello Universitario de Galicia, a instancia del Consejo Social de la Universidad de Vigo, con el informe del Consejo de Universidades y oído el Consello Universitario de Galicia, propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de septiembre de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Universidad de Vigo

Campus de Ourense:

Artículo 1º

1. Se crea la Facultad de Ciencias Empresariales por transformación de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, integrada en la Universidad de Vigo por el Decreto 3/1990, de 11 de enero (DOG del 24 de enero).

2. Se concede autorización para que en la citada facultad se implante el segundo ciclo de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de licenciado/a en administración y dirección de empresas y se alberguen los estudios ya autorizados, y ratificados

por el Decreto 247/1992, de 30 de julio (DOG del 17 de agosto), conducentes al título de diplomado/a en ciencias empresariales.

3. Se suprime la estructura administrativa correspondiente a la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, que queda integrada en la nueva Facultad de Ciencias Empresariales.

Artículo 2º

1. Se crea la Escuela Superior de Ingeniería Informática por transformación de la Escuela Universitaria de Informática de Gestión, creada por el Decreto 274/1991, de 30 de julio (DOG del 13 de agosto).

2. Se concede autorización para que en la citada escuela superior se implante el segundo ciclo de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de ingeniero/a en informática y se alberguen los estudios ya autorizados por el citado Decreto 274/1991, de 30 de julio, conducentes al título de ingeniero/a técnico/a en informática de gestión.

3. Se suprime la estructura administrativa correspondiente a la Escuela Universitaria de Informática de Gestión, que queda integrada en la estructura propia de la nueva Escuela Superior de Ingeniería Informática.

Campus de Pontevedra:

Artículo 3º

1. Se crea la Facultad de Ciencias de la Educación por transformación de la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de EGB, integrada en la Universidad de Vigo por el Decreto 3/1990, de 11 de enero.

2. Se concede autorización para que en la citada facultad se implanten las enseñanzas conducentes a la obtención del título de licenciado/a en ciencias de la actividad física y del deporte y se alberguen los estudios ya autorizados por el Decreto 26/1993, de 11 de febrero (DOG del 19 de febrero), conducentes a los títulos de maestro en las especialidades de: educación infantil, educación primaria, educación musical y educación física.

3. Se suprime la estructura administrativa correspondiente a la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de EGB, que queda integrada en la estructura propia de la nueva Facultad de Ciencias de la Educación.

Artículo 4º

1. Se concede autorización para que en la Facultad de Ciencias Sociales se implanten las enseñanzas conducentes a la obtención del título de diplomado/a en gestión y administración pública.

Disposición adicional

Primera.-Respecto de la homologación de los planes de estudios, la universidad se atendrá a lo dispuesto en el artículo 10 del Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (BOE del 14 de diciembre), modificado por los siguientes reales decretos: Real decreto 1267/1994, de 10 de junio (BOE del 11 de junio); Real decreto 2347/1996, de 8 de noviembre (BOE

del 23 de noviembre); Real decreto 614/1997, de 25 de abril (BOE del 16 de mayo) y Real decreto 779/1998, de 30 de abril (BOE del 1 de mayo).

Segunda.-La efectiva impartición de los estudios autorizados en los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de este decreto queda sometida al procedimiento ordinario establecido en la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria y, en concreto, en el Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, y los reales decretos que lo modifican.

Disposición final

Primera.-Se autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Segunda.-El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, nueve de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria