De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución dictada por la instructora en los expedientes que, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia se están tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 28 de octubre de 1999.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: P-46/1999.
Denunciado: Luis Manuel Falcón Otero; domicilio: c/ Casal, 4. Barrantes-Ribadumia.
DNI: 76.859.434.
Hechos denunciados: pescar 12 truchas de tamaño inferior al mínimo permitido (entre 11 y 17 cm) y no devolverlas a las aguas. Hechos ocurridos a las 9 horas del día 2 de abril de 1999, en el río Areal, a su paso por Perdecanai, en el ayuntamiento de Barro.
Fecha del acuerdo de la incoación: 18-5-1999.
Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.
Fecha de la propuesta de resolución: 16-9-1999.
Precepto infringido: 33.9º, de la Ley 7/1992, de la pesca fluvial de Galicia.
Precepto sancionador: 33, de la Ley 7/1992 de la pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 5.000 ptas.
Indemnización: 12.000 ptas.

