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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 14 de febrero de 2000 Pág. 1.869

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del proyecto de urbanización de la unidad de actuación número 14.2 del Plan General de Ordenación Urbana A Parda.

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día veinte de diciembre de mil novecientos noventa y nueve acordó prestar aprobación definitiva al proyecto de urbanización de la unidad de actuación nº 14.2 del Plan General de Ordenación Urbana A Parda,

formulado por su junta de compensación, denominada de la U.A. nº 14.2 del PGOU A Parda y redactado por los arquitectos José Vicente Rodríguez Pagán y Daniel Gómez Ayuso, con visado de la Delegación de Pontevedra del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia de fecha 9-3-1999.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su modificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el arículo 43.2º de esta ley, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente de aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 27 de enero de 2000.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente

Julio Dapena Outomouro

Secretario general