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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 28 de febrero de 2000 Pág. 2.640

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hace público el acuerdo de iniciación del expediente sancionador C-1/1999 en materia de espectáculos taurinos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la per

sona que en el anexo se menciona el acuerdo de iniciación dictado en expediente sancionador por infracción de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

La competencia para imponer esta clase de sanciones les corresponde a los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales según el Real decreto 1640/1996, de 5 de julio, desarrollado por el Decreto 360/1996, de 26 de septiembre, de atribución a órganos de la Comunidad Autónoma de Galicia del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos, en relación con el artículo 24.1º de la Ley 10/1991, de 4 de abril, detro de los límites fijados en este.

Se nombra instructora a la jefa del Servicio de Interior, Margarita Olmo Bosco y secretaria a Rosa María García Ramos, puesto base grupo B, que podrán ser recusadas en cualquier momento de la tramitación del expediente en los casos y en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente notificación, para ejercitar el derecho de audiencia y formular alegaciones, presentar documentos o informaciones que estime convenientes en su defensa y , en su caso, proponer prueba, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el artículo 8 del Real Decreto 1398/1993.

En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, en el plazo indicado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

En cumplimiento del artículo 42.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común LRJPAC (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) se le informa que el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses contados desde el acuerdo -de conformidad con el artículo 20.6º del Real decreto 1398/1993-; y en el supuesto del vencimiento del plazo sin haberse dictado resolución se producirá la caducidad del procedimiento con el archivo de las actuaciones, según señala el artículo 44.2º de la LRJPAC.

A Coruña, 11 de febrero de 2000.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

ANEXO

Nº expediente: E. Taurinos C-1/1999.

Denunciado: Andrés Zarco Bermejo.

DNI: 01.032.705.

Dirección: Cedros, nº 56-2º B, Madrid.

Infracción: reventa no autorizada de localidades de la feria taurina de A Coruña el día 5 de agosto de 1999.

Precepto infringido: artículo 15 n) de la Ley 10/1991.

Precepto sancionador: artículo 18.1º a) de la Ley 10/1991.

Multa: de 25.000 ptas. a 10.000.000 de ptas.