De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), se notifica a la persona que en el anexo se menciona que con esta fecha resolví publicar la resolución del expediente sancionador por infracción en materia de vivienda E.S.OU-33/1999 por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 a 117 de la Ley 30/1992, la interesada podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, pudiéndolo interponer, bien directamente ante él o bien ante esta delegación provincial. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.
Deberá ingresar el importe de la sanción en la cuenta abierta en Caixa Galicia, oficina principal de Santiago de Compostela a nombre del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para el cobro de multas y sanciones (cuenta nº 3110000897) en el plazo establecido en el artículo 20 del Reglamento de recaudación (Real decreto 1684/1990, de 20 de diciembre). De no hacerlo dentro de este plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Ourense, 13 de marzo de 2000.
José Elier Ojea Ureña
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente: E.S. OU-33/1999.
Responsable: Mercedes Domarco Caldevilla.
DNI: 34.911.542-A.
Última dirección conocida: Avda. Santiago, 125-4º-4. 32001 Ourense.
Hechos imputados: no dedicar la vivienda de protección oficial, promoción pública, de la que es adjudicataria, a domicilio habitual y permanente.
Infracción: grave (artículo 5º c) de la Ley 13/1996).
Sanción propuesta: 100.001 ptas.