Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores, con los números que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente el beneficiario, causa prevista en el artículo 5.C de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción se le impone una multa de 200.000 ptas., sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción.
Y para que conste y sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 22 de marzo de 2000.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 40/1998.
Ramón Torres Mato.
Torre 2-6º D.
Labañou-A Coruña.
VP-C 4/1999.
Manuel Fachado Sayar.
Urbanización Sol y Mar.
Bloque 11, portal 3, escalera 1-1º D.
Oseiro-Arteixo.