De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley sobre incendios forestales 81/1968, de 5 de diciembre y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Se nombra instructora de los expedientes a Míriam Areal López, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados
dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del seguinte al de la publicación de esta noficación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito las alegaciones, documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.
De conformidad con el artículo 42.4º, de la Ley 30/1992, en relación con la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que, en caso de no resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.
De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose a este efecto el importe de la sanción indicado en el anexo.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial desta consellería de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectiva en la cuenta número 2091-0388-90-3110001181 de Caixa Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 5 de mayo de 2000.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº/año DNI
pesetas
Expediente
Denunciado
Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido y sancionador Sanción
56/2000/In José Luis Álvarez Rodríguez 33.822.112 Calle A 7º-1º Izda., 36500 Lalín Abandono vehículo Seat 600 OR-010364 Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DGM y MAN 50.000
67/2000/In Manuel Quiroga Vázquez 34.477.873 Avda. Santiago nº 54, 32001 Ourense Abandono vehículo Simca 1200 OR-9359-D Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DGM y MAN 50.000
202/2000/In Domingo A. Ramos Baca 28.423.970 Avda. Domingo, Ed. Diorama nº 7, Arroyo de la Miel-Benalmádena, 29639 Málaga Abandono vehículo Seat 132 M-5537-DH Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DGM y MAN 50.000
221/2000/In José González Feijóo 34.949.073 Bellao nº 9-5º B, 32001 Ourense Abandono vehículo Skoda 130 OR-9108-H Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DGM y MAN 50.000
226/2000/In Carlos Garrido Otero 34.900.443 O Silvoso-Calvos de Randín Abandono de vehículo Seat 124 O-5244-A Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DGM y MAN 50.000

