De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), se le notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el ultimo domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente 15-635/1999 por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer, recurso de alzada ante el presidente del Intituto Gallego de Consumo, en el plazo de un mes contado a partir del día de la notifición de la presente resolución, también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de la Caixa Galicia (2091), oficina de relación con organismos (0388) Santiago de Compostela, en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción por vía ejecutiva, en el siguiente plazo:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del siguiente mes o el inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días dieciséis y el último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 15-635/1999.
Inculpado: Grupo Goncasse, S.L.
Domicilio: Alcalde Lens, nº 20, A Coruña.
Sanción y motivo: (100.000 pesetas) deficiente prestación de servicio.
Fecha de resolución: 15-3-2000.
A Coruña, 5 de mayo de 2000
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña

