De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en el artículo 7 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley, y en el artículo 14 del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del régimen interno del Consejo Escolar de Galicia y en el que se establece que se tiene que proceder a la renovación por mitades de los representantes de cada uno de los grupos que integran el consejo, después de su designación por las entidades enumeradas en el artículo 4.1º de la citada lei autonómica, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria Y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de mayo de dos mil,
DISPONGO:
Artículo 1º
Que cesen como miembros del Consejo Escolar de Galicia las siguientes personas:
1. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:
a) Enseñanza pública:
Constantino Seoane Pérez (Sindicato de Traballadores do Ensino de Galicia).
Ana Liñares Pérez (Comisiones Obreras).
Pablo Naya Seoane (Confederación Intersindical Galega).
b) Enseñanza privada:
Milagros Portabales Vázquez (Comisiones Obreras).
Armindo Francisco Mera (Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Galicia).
2. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones de asociaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:
a) Enseñanza pública:
José Gulías Varela (Confederación Gallega de APA de Centros Públicos).
Francisco Xosé Manuel Silvosa Costa (Confederación Gallega de APA de Centros Públicos).
b) Enseñanza privada:
José Luis Fernández Rodríguez (Confederación Gallega de Asociaciones de Padres de Alumnos).
3. En representación de los alumnos propuestos por las federaciones o confederaciones de asociaciones de alumnos, en proporción a su representatividad:
Xurxo Reguera Rodríguez (Comités Abertos de Estudiantes).
Anxo Iglesias Covelo (Comités Abertos de Estudiantes).
Beatriz Sierra Santos (Federación de Asociaciones de Jóvenes Estudiantes Gallegos).
4. En representación del personal de administración y servicios, propuestos por las centrales sindicales más representativas:
María Pita del Río (Comisiones Obreras).
5. En representación de titulares de centros privados designados por las organizaciones empresariales correspondientes más representativas:
Joaquín Nieto Isidro (Federación de Centros Educación y Gestión-Galicia).
6. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tienen la consideración de más representativas en Galicia:
José Manuel Pose Mesura (Unión General de Trabajadores de Galicia).
Fernando Carrasco Mera (Confederación Intersindical Galega).
7. En representación de las organizaciones empresariales propuesto por la Confederación de Empresarios de Galicia:
Basilio Toyos Alonso.
8. En representación de profesores propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos y en atención a su representatividad:
Xosé Ramos Rodríguez (Coordinadora Gallega de Movimientos de Renovación Pedagógica).
9. En representación de la Administración educativa, designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:
Máximo García Serrano.
Severino Somoza Gómez.
José Luis Mira Lema.
10. En representación de la Administración local, propuestos por la Federación Gallega de Municipios y Provincias:
Maite Fernández Piñeiro.
Enrique Fernández González.
María Josefa Cebreiro Santos.
José Carlos Sequeiros Pérez.
11. En representación de la universidad, propuesto por su máximo órgano de gobierno:
Agustín Requejo Osorio.
12. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, propuesto por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:
Federico Cifuentes Pérez.
Artigo 2º
Se nombran miembros del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en el articulado de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, a las siguientes personas:
1. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:
a) Enseñanza pública:
Consuelo Campos Acedo (Confederación Intersindical Galega).
Francisco Magide Bizarro (Comisiones Obreras).
Pablo Naya Seoane (Confederación Intersindical Galega).
b) Enseñanza privada:
Milagros Portabales Vázquez (Comisiones Obreras).
Armindo Francisco Mera (Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Galicia).
2. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones de asociaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:
a) Enseñanza pública:
Concepción Sánchez Curros (Confederación Gallega de APA de Centros Públicos).
Francisco Xosé Manuel Silvosa Costa (Confederación Gallega de APA de Centros Públicos).
b) Enseñanza privada:
Belén Martín González (Confederación Gallega de Asociaciones de Padres de Alumnos).
3. En representación de los alumnos propestos por las federaciones o confederaciones de asociaciones de alumnos, en proporción a su representatividad:
Pablo Cameselle Martínez (Comités Abertos de Estudiantes).
Cristóbal Vidal Fernández (Comités Abertos de Estudiantes).
Miguel Villaverde Creo (Federación de Asociaciones de Jóvenes Estudiantes Gallegos).
4. En representación del personal de administración y servicios, propuestos por las centrales sindicales más representativas:
Concepción Albariño Alejandro (Comisiones Obreras).
5. En representación de titulares de centros privados designados por las organizaciones empresariales correspondientes más representativas:
Joaquín Nieto Isidro (Federación de Centros Educación y Gestión-Galicia).
6. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas en Galicia:
José Manuel Pose Mesura (Unión General de Trabajadores de Galicia).
Fernando Carrasco Mera (Confederación Intersindical Galega).
7. En representación de las organizaciones empresariales, propuesto por la Confederación de Empresarios de Galicia:
Basilio Toyos Alonso.
8. En representación de profesores propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos, y en atención a su representatividad:
Xosé Ramos Rodríguez (Coordinadora Gallega de Movimientos de Renovación Pedagógica).
9. En representación de la Administración educativa designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:
Máximo García Serrano.
Severino Somoza Gómez.
José Luis Mira Lema.
10. En representación de la Administración local, propuesto por la Federación Gallega de Municipios y Provincias:
Telmo Martín González.
Enrique Fernández González.
María Josefa Cebreiro Santos.
José Carlos Sequeiros Pérez.
11. En representación de la universidad, propuesto por su máximo órgano de gobierno:
Agustín Requejo Osorio.
12. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, propuesto por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:
Luis Otero Outes.
Disposición final
Única.-El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veinticinco de mayo de dos mil.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

