La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la Marina Mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, atribuye a las comunidades autónomas las facultades de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés general del Estado, situadas en su territorio.
Los acuerdos del Consello de la Xunta de Galicia de 5 y de 26 de marzo de 1998 facultan al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para el ejercicio de dichas competencias.
Conforme a lo previsto en el artículo 40, de la Ley de puertos del Estado y de la Marina Mercante, y según su redacción aprobada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, en los consejos de administración de las autoridades portuarias, la Administración general del Estado estará representada, además de por el capitán marítimo, que es miembro nato, por cuatro vocales, uno de ellos será un abogado del Estado. La propuesta será realizada por el presidente del ente público Puertos del Estado, por lo que, recibida la propuesta del presidente del ente público Puertos del Estado,
DISPONGO:
Artículo único.-Nombrar a Juan José Vázquez Seijas como vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, en representación de la Administración general del Estado.
Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2000.
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda

