Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Lunes, 03 de julio de 2000 Pág. 10.351

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2000, de la Dirección del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer, por la que se adjudican becas de especialización para la realización de estudios sobre la mujer y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Galicia.

Por Orden de 27 de diciembre de 1999, de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, se convocaron 3 becas o ayudas económicas de especialización para la realización de estudios sobre la mujer y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Galicia.

De conformidad con lo previsto en la base sexta de dicha orden, corresponde a la directora del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer resolver la adjudicación de las becas de especialización.

En su virtud, observados los trámites establecidos en la orden de convocatoria y a la vista de la propuesta definitiva elevada por la comisión de selección prevista en ella,

RESUELVO:

Adjudicar las becas a las beneficiarias que figuran en el anexo de esta resolución.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recur

so de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En todo caso, si se opta por la interposición del recurso de reposición, no se podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2000.

Aurora Montes Santa-Olalla

Directora del Servicio Gallego de Promoción

de la Igualdad del Hombre y de la Mujer

ANEXO

Sonia Esperanza Rodríguez Boente: 76898250-G.

Susana Papín Fernández: 79320489-K.

Marta Núñez Martínez-Corbalán: 36144008-Z.