Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Lunes, 17 de julio de 2000 Pág. 10.978

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 10 de julio de 2000 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de plazas para residencia de educadores en centros de atención a menores, dependientes de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Mediante Orden de 5 de mayo de 2000 (DOG nº 100, del 24 de mayo), de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, se convocaron 34 plazas para residencia de educadores en prácticas para el curso escolar 2000-2001 en los centros de internado de menores, dependientes de esta consellería.

La escasez de solicitudes presentadas para la cobertura de estas plazas, unida al interés de esta fórmula para favorecer a los estudiantes con escasos recursos económicos para su acceso a la enseñanza universitaria y a los licenciados universitarios que estén realizando estudios de doctorado, así como para dotar de apoyo en el campo educativo y asistencial a los centros de atención de menores, aconseja ampliar el plazo de presentación de solicitudes para dar cabida a que todos los interesados puedan acceder a esta convocatoria.

Consecuentemente con todo lo anterior y en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo único

1. Se amplía hasta el 31 de julio de 2000 el plazo de presentación de solicitudes para la cobertura de 34 plazas para residencia de educadores en prácticas para el curso escolar 2000-2001 en los centros de internado de menores, convocadas por la Orden de 5 de mayo de 2000 (DOG nº 100, del 24 de mayo).

2. Los interesados presentarán la solicitud que figura en el anexo I de la referida Orden de 5 de mayo de 2000 (DOG nº 100, del 24 de mayo).

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la directora general de Familia para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo de la presente orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de julio de 2000.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo,

Mujer y Juventud