De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), se le notifica a la sociedad mencionada a continuación (que no pudo ser notificada en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente sancionador simplificado 32.048/2000 por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio (edificio administrativo San Caetano nº 5, 15704 Santiago de Compostela) en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación . Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva, en período voluntario en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de Caixa Galicia (2091). Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela; en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción por vía ejecutiva, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del mes siguiente o inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 32.048/2000.
Inculpado: Control Gas, S.C.
Domicilio: c/Juan XXIII, nº 8, oficina 9 (Ourense).
Sanción y motivos: quinientas mil pesetas (500.000 pesetas). Reclamación. Realizada inspección de la instalación de gas, no entregan certificado.
Fecha de resolución: 21-6-2000.
Ourense, 5 de julio de 2000.
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Servicio Provincial de Ourense y del
Instituto Gallego de Consumo

