A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y
por el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia (DOG nº 188), Real decreto ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental (BOE nº 241), Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal (DOG nº 75), y el Decreto 205/1995, de 6 de julio (DOG nº 136), por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución, el estudio de impacto ambiental y la aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de las instalaciones eléctricas que se citan:
Solicitante: Unión Fenosa Energías Especiales, S.A.
Domicilio social: c/ Betanzos, 1, 1º I, 15004-A Coruña.
Denominación: parque eólico de Peña Forcada.
Municipios afectados: Camariñas, Vimianzo y Laxe (A Coruña).
Características técnicas:
-Potencia a instalar: 33,8 MW.
-Coordenadas:
V: (X=496.000; Y=4.777.000).
V: (X=488.000; Y=4.777.000).
V: (X=484.000; Y=4.779.000).
V: (X=486.000; Y=4.782.000).
V: (X=496.000; Y=4.782.000).
-26 aerogeneradores de 1.300 kW de potencia nominal unitaria, montados sobre fuste tubular metálico de 68 m de altura y rotores de 3 palas de 62 m de diámetro.
-26 transformadores, situados en el interior de los fustes de 1.600 kVA y tensiones de 0,69/20 kV.
-Red eléctrica subterránea de media tensión a 20 kV realizada en conductor R.H.V. 12/20 kV 1x240 mm Al para interconexión de los aerogeneradores y éstos con la subestación transformadora.
-Subestación transformadora intemperie equipada con transformador de 50 MVA y relación de transformación 20/66 kV, celdas de media tensión 20 kV, transformador de servicios auxiliares de 400 kVA y relación 20/0,4 kV, aparellaje de medida, protección, telemando y telecontrol.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar sus alegaciones en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de Monelos, s/n, 15071-A Coruña, en el plazo de treinta días, a partir de la última publicación.
El estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones del parque eólico de Peña Forcada se podrá examinar en los ayuntamientos de Camariñas,
Vimianzo y Laxe y en las dependencias de las delegaciones provinciales de las consellerías de Medio Ambiente y de Industria y Comercio de A Coruña.
Asimismo, el proyecto sectorial del parque eólico de Peña Forcada se podrá examinar en los ayuntamientos de Camariñas, Vimianzo y Laxe y en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, pudiendo presentarse cuantas alegaciones se considerasen pertinentes ante la Delegación Provincial de Industria y Comercio de A Coruña, dentro del plazo señalado anteriormente.
A coruña, 22 de marzo de 2001.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña

