Examinado el expediente instruido a instancia del titular del centro privado Nebrija-Pardo Bazán de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña), solicitando autorización definitiva para impartir educación secundaria obligatoria y bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.
Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden del 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.
Teniendo en cuenta las disposiciones transitorias tercera, apartado c) y cuarta del Real decreto 1004/1991, así como los informes de la Delegación
Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña.
Esta consellería, por propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,
DISPONE:
Primero.-Conceder la autorización definitiva, para impartir educación secundaria obligatoria y el bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales al centro privado Nebrija-Pardo Bazán de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña), cuyos demás datos se relacionan en el anexo.
Segundo.-Para las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.
Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2001.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación e Ordenación Universitaria
ANEXO
Provincia: A Coruña.
Municipio: As Pontes de García Rodríguez.
Localidad: As Pontes de García Rodríguez.
Dirección: Pardo Bazán, 118-122.
Código de centro: 15013621.
Denominación específica: Nebrija-Pardo-Bazán.
Titular: centros Nebrija-Pardo Bazán, Sociedad Limitada.
Composición resultante:
a) Educación infantil: 3 unidades.
b) Educación primaria: 6 unidades.
c) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.
d) Bachillerato: 4 unidades de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y de humanidades y ciencias sociales.

