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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Lunes, 30 de abril de 2001 Pág. 5.776

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (877/2000).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña doy fe y testimonio de que en los autos seguidos ante este Juzgado de lo Social tramitados bajo el número 877/2000, a instancia de Santiago Miguel Piñeiro Paz, contra la empresa Fabricados Escayola La Coruña S.C., Juan Carlos Cuesta Royo y Fogasa sobre cantidad, se dictó la siguiente sentencia:

«En la ciudad de A Coruña, a 27 de marzo de 2001.

Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo Social número dos de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio número 877/2000, seguidos a instancia de Santiago Miguel Piñeiro Paz, mayor de edad, asistido por el letrado Antonio Pousa Meréns, contra la empresa

Fabricados Escayola La Coruña S.C. y Fogasa, que no comparecieron en los autos, siendo el objeto de la reclamación salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Santiago Miguel Piñeiro Paz, contra la empresa Fabricados Escayola La Coruña S.C., condenando a la demandada a abonar al actor la cantidad de 1.178.245 pesetas por los conceptos reclamados en la demanda, con absolución de Fogasa, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso pudiera corresponderle.

Notifiquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma solamente cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad de 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5603, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, lo mando y lo firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Fabricados Escayola La Coruña S.C., mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, que tiene su domicilio desconocido, expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 27 de marzo de dos mil uno.

El secretario judicial

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