En atención a los méritos que concurren en Caixa Galicia y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Oro de Galicia, modificado por el Decreto 166/1995, de 16 de junio, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por tanto, y previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de junio de dos mil uno,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a Caixa Galicia.
Santiago de Compostela, catorce de junio de dos mil uno.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jaime Alberto Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública