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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Jueves, 12 de julio de 2001 Pág. 9.466

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 6 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de revocación de 10 de mayo de 2001 de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo FM 342B 00/2630-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de revocación de las ayudas a la contratación indefinida de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 13-3-2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo), se publica:

1º Expediente de procedimiento: FM 342B 00/2630-5.

Orden de la convocatoria: 13 de marzo de 2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo).

Interesado: Teletrónica Comunicaciones, S.L.

Domicilio: Gregorio Espino 52 entlo. Oficina 3, 36205 Vigo (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 10 de mayo de 2001, al amparo de la Orden de 13-3-2000.

Resolución:

«Examinado el expediente de ayudas por la contratación indefinida de trabajadores, presentada por

Teletrónica Comunicaciones, S.L. y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes.

Primero.-La solicitud fue presentada el 13-7-2000 y estimada en la Resolución de 17-11-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 300.000 pesetas por la contratación indefinida de 1 trabajador.

Segundo.-El pago de la subvención concedida se condicionó a la presentación de la documentación y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la orden de convocatoria.

Tercero.-El beneficiario no aportó de forma correcta y en el plazo indicado la siguiente documentación:

-Certificados de encontrarse al día en los pagos a la Seguridad Social y en la Agencia Estatal Tributaria.

-Certificado de no tener contraídas deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

-Declaración expresa, a la fecha actual, comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para este mismo proyecto o, en su caso, de que no ha solicitado o percibido ninguna ayuda y subvención de las distintas administraciones públicas.

-Alta en el impuesto de actividades económicas.

-TC1 y TC2, de los meses siguientes: septiembre/2000, marzo/2000, septiembre/1999 y abril/1999.

Cuarto.-En la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos.

Primero.-La competencia, por delegación de la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, corresponde a esta delegación provincial en virtud del artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2000 (DOG del 27 de marzo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2000.

Segundo.-El artículo 11 de la orden reguladora determina la revocación de las ayudas y subvenciones concedidas en los casos y en los términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre (DOG del 5 de noviembre).

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

RESUELVE:

Revocar la resolución de esta delegación provincial del 17-11-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 300.000 pesetas por la contratación indefinida de 1 trabajador.

Notifíquese al interesado esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su noti

ficación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 10 de mayo de 2001. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial.».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 6 de junio de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra