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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Miercoles, 16 de enero de 2002 Pág. 565

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 30 de noviembre de 2001 por la que se resuelve la cesión en propiedad de vehículos adecuadamente preparados a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma gallega para misiones de protección civil.

Por Orden de 1 de marzo de 2001 (DOG nº 49, del 9 de marzo), la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales anunció medidas de apoyo a la protección civil de Galicia, consistentes en la cesión de vehículos especialmente preparados para el ejercicio de sus funciones.

Según lo dispuesto en la disposición adicional de esta orden, en la que se establecía que la contribución compensatoria realizada por los beneficiarios según lo dispuesto en el artículo 7.2º a) podría generar créditos en el estado de gastos del presupuesto de esta consellería, que podrían ser utilizados en la adquisición y adjudicación de más vehículos.

RESUELVO:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.231A.624.1, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001, la cesión en propiedad de un vehículo modelo Nissan Patrol largo, techo alto, 4 cilindros, turbo diésel, equipado para misiones de protección civil a los ayuntamientos de Portas y Xinzo de Limia, una vez verificados los requisitos establecidos por la Orden de 1 de marzo de 2001 (DOG nº 49, del 9 de marzo

de 2001), al amparo de la cual presentaron su correspondiente solicitud.

Segundo.-Notificar el contenido de esta resolución al ayuntamiento beneficiario, especificando las condiciones particulares que deberán cumplir y que se formalizarán mediante convenio en el que constará el acuerdo de la cesión y la aceptación del cesionario.

Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden. En todo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2001.

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones

Laborales