De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), intentada la notificación personal en el último domicilio conocido del inte
resado, sin que esta se pudiese practicar, se la notifica a la persona que se relaciona en el anexo, la propuesta de resolución dictada con fecha de 6 de noviembre de 2001 por el órgano instructor del procedimiento sancionador ES-P-027/2001, en la que se propone la imposición a Manuel García Brandariz de la sanción de 100.001 pesetas, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de promoción pública identificada como expediente PO-91/504, cta. 115, que le fue adjudicada.
De acuerdo con el artículo 19, en relación con el artículo 3 del Real decreto 1398/1993, del 4 de agosto, por lo que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el interesado dispone de un plazo de quince días que se contarán a partir del siguiente a la publicación de esta propuesta de resolución, para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes.
Igualmente, se le comunica que, a partir de este momento, podrá acceder al contenido del expediente depositado en estas dependencias (c/ Alcalde Hevia, nº 7, Pontevedra), pudiendo obtener copias de los documentos que consta en el.
Expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 18 de diciembre de 2001.
Andrés Iglesias López
Jefe del Área Provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente sancionador: ES-P-027/2001.
Infracción: art. 5 c) de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre: no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de promoción pública adjudicada.
Inculpado: Manuel García Brandariz.
Última dirección conocida: pol. Torneiros, IV fase, blq. 11, 5º derecha, O Porriño.
Intentos de notificación personal: 1º. 15-11-2001 a las 13 horas (ausente).
2º. 20-11-2001 a las 13 horas (ausente).