Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Jueves, 04 de abril de 2002 Pág. 4.294

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (94/2001).

Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio de que en el juicio de faltas nº 94/2001 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

«En Santiago de Compostela, 14 de enero de 2002.

José Gómez Rey, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Intrucción número seis de este partido, pronuncia la siguiente sentencia:

Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas nº 94/2001, seguidos en este juzgado sobre lesiones en accidente de tráfico, en los que son partes, como denunciante Digna Fernández Blanco, como denunciados José González Iglesias y Manuel García Troitiño y como responsables civiles directas las aseguradoras AIG-Europa, representada por la procuradora Sánchez Silva y Mapfre, representada por el procurador Gómez Martín.

Fallo que debo condenar y condeno a José González Iglesias como autor de una falta de lesiones por imprudencia leve, a la pena de multa de un mes, fijando el importe de la cuota diaria de la pena de multa en la cuantía de seis euros y señalando la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. En concepto de responsabilidad civil, con la responsabilidad civil directa y solidaria de la aseguradora Mapfre, deberá indemnizar a Digna Fernández Blanco en la cantidad de treinta y cinco mil cuatrocientos diecisiete euros y setenta y seis céntimos (35.417,76 euros), cantidad que devengará el interés previsto en el artículo 20 de la Ley del contrato de seguro.

Absuelvo a Manuel García Troitiño de la falta por la que fue denunciado. No ha lugar a declarar la responsabilidad civil de AIG-Europe.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, para ante la audiencia provincial, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, en la forma que disponen los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste y sirva de notificación a Manuel García Troitiño, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido la presente cédula en Santiago de Compostela a 26 de febrero de 2002.

La secretaria

Rubricado