Las bases reguladoras de las ayudas del Igape hechas públicas por resoluciones de 13 de julio de 2001 (DOG nº 142, del 23 de julio), para:
-Proyectos empresariales de inversión (base 10.1).
-Programas de apoyo a la continuidad y mejora competitiva de la pyme gallega (base 10.1).
-Programa de emprendedores (base 11.1).
-Programas de especialización laboral (base 9.1).
-Salvamento y reestructuración a empresas en crisis (base 11.1).
Así como:
-Las bases reguladoras de las ayudas del Igape para la mejora de la competitividad de las empresas gallegas (base octava), hechas públicas mediante Resolución de 19 de julio de 2000 (DOG nº 159, del 17 de agosto).
-Las bases reguladoras de aportaciones del Igape para la organización de iniciativas de interés socioeconómico (base décima), hechas públicas por Resolución de 19 de julio de 2000 (DOG nº 158, del 16 de agosto).
-Las bases de convocatoria de bolsas-contratos en prácticas del Igape (base novena), hechas públicas por Resolución de 19 de julio de 2000 (DOG nº 160, del 18 de agosto).
-Las bases de convocatoria de 20 bolsas de promoción exterior (base 7.11.f), hechas públicas por Resolución de 26 de junio de 2001 (DOG nº 131, del 6 de julio).
-Las bases reguladoras de las ayudas del Igape previstas en el convenio de financiación Xunta de Galicia/entidades financieras del fondo de desarrollo INESGA (cláusula 7.6), hechas públicas por Resolución de 8 de noviembre de 2000 (DOG nº 222, del 16 de noviembre).
-El convenio de apoyo financiero al comercio minorista (cláusula 8.9), hecho público por Resolución de 19 de junio de 2001 (DOG nº 136, del 13 de julio).
-Los convenios de apoyo financiero a las pymes Igape-EEFF 2001 y 2002 (cláusulas 9.8), hechos públicos por resoluciones de 4 de mayo de 2001 y 2 de abril de 2002 (DOG nº 96, del 21 de mayo de 2001 y DOG nº 70, del 11 de abril de 2002).
-Los convenios de apoyo a las inversiones de las pymes mediante contratos de arrendamiento financiero Igape-EEFF 2001 y 2002 (cláusulas 9.9), hechos públicos por resoluciones de 4 de mayo de 2001 y 2 de abril de 2002 (DOG nº 96, del 21 de mayo de 2001 y DOG nº 72, del 15 de abril de 2002).
-El convenio de apoyo financiero al sector pesquero Igape-EEFF (cláusula 6.9), hecho público por Resolución de 22 de junio de 2001 (DOG nº 133, del 10 de julio).
-El convenio de apoyo financiero para reparación de daños causados por las lluvias y temporales en Galicia Igape-ICO-EEFF (cláusula 7.9), hecho público por Resolución de 13 de junio de 2001 (DOG nº 132, del 9 de julio).
-El convenio de apoyo financiero para reparación de daños causados por las lluvias y temporales en parques de cultivo de moluscos de O Carril (cláusula 5.9), hecho público por Resolución de 30 de noviembre de 2001 (DOG nº 236, del 7 de diciembre).
Indican expresamente al Tribunal Superior de Justicia de Galicia como tribunal competente para la resolución de los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes instruidos al amparo de las citadas líneas de ayuda.
A la vista de que en la actualidad es criterio consolidado en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que la competencia para conocer de los recursos contra actos de las entidades públicas con competencia en el territorio de toda la Comunidad Autónoma corresponde a los juzgados de lo contencioso-administrativo, procede acomodar a tal criterio el régimen de recursos indicado para las resoluciones del Igape, modificando en consecuencia las bases reguladoras de las ayudas del Igape a las que se hizo referencia.
En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Único.-Publicar la siguiente modificación, acordada por el Consejo de Dirección del Instituto en su reunión de 27 de junio de 2002, que afecta a las bases reguladoras de las ayudas del Igape:
«Se modifican las bases reguladoras de las ayudas del Igape a las que se hace referencia en el expositivo en el sentido de sustituir la referencia al Tribunal Superior de Justicia de Galicia por otras a los Juzgados del Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, como los tribunales competentes para la resolución de los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra las resoluciones del Igape».
Santiago de Compostela, 5 de julio de 2002.
Margarita Rodríguez Rama
Directora general del Instituto Gallego
de Promoción Económica
CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

