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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Viernes, 08 de noviembre de 2002 Pág. 15.734

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación, citación y requerimiento (755/2001).

Ana López Suevos Fraguela, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, en autos número 755/2001 seguidos a instancia de Luz María Leis Otero contra empresa Rodríguez Rodríguez, Ana-Estefanía sobre cantidad en el día que se indica, ha dictado la siguiente resolución:

Auto.

En Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2002.

Dada cuente; y

1. Hechos.

Primero.-Que en este juzgado y por turno de reparto ha correspondido demanda presentada por Luz María Leis Otero, contra Rodríguez Rodríguez, Ana-Estefanía sobre cantidad que se registró con el número 755/2001 en la cual tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estima aplicables al caso,

termina suplicando se admita la demanda y previos los trámites legales, se señale día y hora para la celebración del acto de conciliación y juicio y, en definitiva, se dicte sentencia estimando la demanda.

2. Razonamientos jurídicos.

Único.-Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 y siguientes de la Ley de procedimiento laboral y el artículo 404 de la LEC, es procedente admitir a trámite la demanda y señalar día y hora en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio, debiendo mediar, en todo caso, un mínimo de cuatro días entre la citación y la efectiva celebración de dichos actos.

3. Parte dispositiva.

Se acuerda admitir a trámite la demanda presentada y registrarla. Y de conformidad a lo dispuesto en la Ley de procedimiento laboral, cítese en legal forma a las partes litigantes para que el día dos de diciembre de dos mil dos a las nueve horas treinta y cinco minutos de su mañana comparezcan en la sala de audiencia de este juzgado de lo social número dos, sito en c/ Viena, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, a fin de celebrar los actos de conciliación y juicio que la ley previene entregando al demandado en el acto de la citación la copia de la demanda, a ella acompañada y previniéndole que si intenta valerse de abogado, graduado social o procurador que le dirija o represente, deberá ponerlo en conocimiento de este tribunal, por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, y haciendo a ambas partes las siguientes advertencias: a) Que pueden comparecer o defenderse personalmente o por medio de un representante que estén en pleno ejercicio de sus derechos

civiles, cuya designación podrán hacer mediante poder bastante, por medio de comparecencia ante este juzgado, o ante el de primera instancia o de paz, en su caso, si el domicilio de la parte fuera distinto de la residencia de este juzgado; b) Que la celebración del acto tendrá lugar en única convocatoria y no se suspenderá por la injustificada falta de asistencia de las partes, ni tampoco por enfermedad de éstas, ni de sus representantes, ni de sus defensores por cuanto las partes pueden nombrar representantes, y estos y lo mismo los defensores, pueden sustituir la representación o la defensa con arreglo a las leyes, teniéndose por desistido al demandante si no comparece; y c) Que los litigantes, o quienes les representen, tienen que concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

Se admite y declara pertinente la prueba propuesta, y para su práctica cítese al representante legal de la empresa demandada para que asista al acto del juicio señalado a fin de ser interrogado. Asimismo requiérase a la referida demandada para que aporte en el acto de juicio los documentos reseñados en el segundo otrosi dice del suplico de la demanda.

Y para las citaciones acordadas, expídanse los oportunos despachos y cédulas de citación con los requisitos legales.

Hágase saber a las partes que contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este mismo juzgado e el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma la magistrada jueza Ana López-Suevos Fraguela, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, de lo que yo, secretario, doy fe.

Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa Rodríguez Rodríguez, Ana-Estefanía y al representante legal de la misma, con domicilio en Rúa do Tambre nº 41 bajo, de Santiago de Compostela, expido y firmo la presente cédula, entregándolas al agente de este juzgado en quien se delega para la práctica de esta diligencia en Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2002.

El secretario

Rubricado

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