Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica al interesado la resolución del expediente sancionador VP-C 17/1997, que se inició en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, causa prevista en el artículo 5.C, de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción se le impone una multa de 300,51 euros, sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente en un plazo de un mes, bajo apercibimiento de que, de no cumplir esto, se procederá a la imposición de las subsiguientes multas establecidas por la ley.
Esta resolución no es susceptible de recurso.
Y para que conste y le sirva de notificación al interesado de dirección desconocida, en cumplimiento del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 15 de octubre de 2002.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 17/1997.
Juan Iglesias Pérez.
C/ Raxoeira 3, portal 1-2º C, Milladoiro (Ames).
Sanción: 300,51 euros.

