De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285,
del 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 112, del 14 de enero) de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado, con los datos personales y último domicilio conocido que en el anexo se mencionan, mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre (BOE nº 283, del 25 de noviembre) de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el artículo 17 del reglamento de servicio y policía de los puertos aprobado por O.M. de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.
Se designa instructor del expediente a Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la Unidad III del Área de Explotación y Planificacion, con domicilio a estos efectos en la plaza de Europa 5-A, 6º, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, siendo su régimen de recusación el consignado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común (en adelante LRJPAC).
Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el expedientado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación en el Diario Oficial de Galicia, para que pueda examinar el expediente en los servicios centrales del ente público Puertos de Galicia sito en la plaza de Europa, 5-A, 6º, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, y formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento, según lo establecido en el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decre
to 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).
El órgano competente para la resolución del expediente por razón de la tipificación y cuantía de la sanción, de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento del ente público Puertos de Galicia (Decreto 227/1995, de 20 de julio, DOG nº 228, del 28 de noviembre de 1995), y, en virtud de lo dispuesto en la resolución de la presidencia de Puertos de Galicia, de 20 de marzo de 2002 por la que, en aplicación del artículo 17.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se designa un técnico del ente público Puertos de Galicia para el ejercicio de las competencias sancionadoras que ostenta el director, puesto actualmente vacante, es la jefa del Área de Explotación y Planificación.
El pago voluntario o el reconocimiento voluntario de la responsabilidad en cualquier momento anterior a la resolución pondrán fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta número 0049-6755-64-2116034531 del Banco Santander-Central Hispano, empleando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, este acuerdo será considerado propuesta de resolución (artículo 13.2º R.P.).
Y para que conste y les sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.
Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2003.
Ana Isabel Calzadilla Bouzón
Jefa del Área de Explotación y Planificación
ANEXO
Matrícula
Denunciante Último domicilio conocido Fecha-hora-puerto
Expediente
Denunciado
Hecho denunciado
Precepto infringido Precepto sancionador Sanción propuesta
8868-BRL
Celador del porto Polígono Magdalena (O Milladoiro)
15864 Ames, A Coruña
Artículo 17 de la O.M. 12-6-1976
Sanc. 18/2003
Galiport, S.A.
Estacionamento prohibido en zona portuaria debidamente señalizada. 23-4-2002. 16.52 h. As Corbaceiras (Pontevedra) Artículo 114.1º a) de la Ley 27/1992
Artículo 120 de la Ley 27/1992 90,15 euros

