De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y
del procedimiento administrativo común, modificado por Ley 4/1999, do 13 de enero, se le notifica a Julia Isolina Carolina Lago Limes, resolución denegatoria de regularización, dictada por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha 29 de octubre de 2002, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 70/1997, de 14 de marzo, de estructura orgánica del IGVS (modificado por el Decreto 258/1999, de 17 de septiembre), que literalmente dice:
«Vistas las actuaciones practicadas en relación con el expediente arriba referenciado y, teniendo en cuenta los siguientes
Hechos.
Primero.-Con fecha de 14 de septiembre de 1994, tuvo entrada en el Área Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, solicitud, firmada por Julia Isolina Carolina Lago Limes para regularizar su situación como ocupante de hecho de la vivienda de promoción pública, identificada como expte. PO-1697, cta. 40, situada en la calle Bº Anunciada 40, en Baiona, al amparo del Decreto 133/1994, do 13 de mayo, de regularización de situaciones de los ocupantes y cambio de régimen en las viviendas de promoción pública.
Fundamentos de derecho.
Primero.-Es competente para resolver el presente procedimiento, el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda conforme con el establecido en el artículo 4 del Decreto 225/2000.
Segundo.-La vivienda referenciada terminó de facturar en septiembre de 1997, la cual está totalmente amortizada.
Tercero.-Según el acta de inspección número B-052/02, con fecha de 16-7-2002, la vivienda está vacía desde hace cinco años y la parte exterior se encuentra en muy mal estado.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial,
RESOLVE:
Denegar la solicitud de regularización formulada por doña Julia Isolina Carolina Lago Limes por estar amortizada la vivienda y por non estar a ocupar a vivienda como domicilio habitual y permanente y no mantenerla en buen estado de conservación.
Se le otorga un plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución para que abandone la vivienda y entregue las llaves en esta delegación provincial da Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (calle Alcalde Hevia, número 7, Pontevedra).
De no hacerlo así y una vez firme la presente resolución, se iniciará el procedimiento administrativo de desahucio por ocupación sin título.
Se le notifica esta resolución que no es definitiva en vía administrativa a los interesados con mención expresa de los requisitos exigidos por el artículo 58.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992.. Pontevedra 12 de noviembre de 2002. José Manuel Iglesias Carrera. Delegado provincial».
Expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 25 de febrero de 2003.
Andrés Iglesias López
Jefe del Área Provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente administrativo: PO-1697.
Nombre: Julia Isolina Carolina Lago Limes.
Domicilio: Barrio de la Anunciada, 40.
Municipio: Baiona.

