La Comisión Municipal de Gobierno, en sesión celebrada el día 17 de febrero de 2003, aprobó definitivamente la delimitación del polígono o unidad de actuación delimitado por los ejes de las calles nº 6, 17, 18 por el límite norte y por el límite sur paseo marítimo, correspondiente al ámbito de la modificación puntual de Barraña, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de junio de 2001 y con una superficie total bruta de 10.458 metros cuadrados.
Lo que se hace público a fin de que los propietarios interesados presenten en el plazo de veinte días el proyecto de reparcelación, a los efectos previstos en el art. 117 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo y sin perjuicio de la notificación personal a cada uno de los interesados o el ejercicio de cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Boiro, 4 de abril de 2003.
Jesús Alonso Fernández
Alcalde-presidente

