La Comisión de Gobierno, en sesión de 19-8-2002, adoptó el siguiente acuerdo:
Prestar aprobación, con carácter definitivo, a la propuesta -instada a iniciativa particular por la entidad
mercantil Construcuatro, S.A.- de modificación de la delimitación de la unidad de actuación núm. 34 del vigente Plan General de Ordenación Urbana, y sita entre las calles Doctor Loureiro Crespo y la avenida José Malvar Figueroa, con la finalidad de excluir de su ámbito un edificio ya construido y existente en su ámbito y los terrenos del mismo expropiados para la ejecución del Anillo de la Eiriña, hoy avenida José Malvar Figueroa, así como ajustar sus límites al parcelario real, fundamentándose esta modificación en un proyecto técnico redactado por los arquitectos Eugenio Jiménez Passolas y Gustavo Pérez Álvarez, visado por la Delegación en Pontevedra del COAG de fecha 15-12-1998, desestimándose las alegaciones, formuladas por Manuel Cascón Vázquez y Jesús Vázquez Fernández, en el período de información pública, de conformidad con las argumentaciones expresadas en el expositivo del presente, y, fundamentalmente a la vista de los informes del arquitecto jefe de la OTPXU que se
incorporan a este acto como motivación y fundamento del mismo, en los términos del artículo 89.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al tratarse de cuestiones ajenas al expediente que nos ocupa, sin perjuicio de la consideración de lo alegado en el momento de la redacción del Plan Especial de Reforma Interior de la citada unidad.
Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Pontevedra, 11 de febrero de 2002.
P.D.
Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo
Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo
y Medio Ambiente
Julio Dapena Outomuro
Secretario general

