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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Viernes, 09 de mayo de 2003 Pág. 5.908

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador en el orden social 949/2002.

No habiendo encontrado en los domicilios conocidos por esta delegación provincial a los titulares de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5º de la Ley 30/1992, que fue dictada resolución en relación con su expediente sancionador, informándole que en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, puede interponer recurso de alzada ante el director general de Relaciones Laborales, advirtiéndole que de no ser interpuesto en tiempo y forma, dispondrá de un (1) mes de plazo para abonar la multa, mediante la necesaria utilización del impreso, que podrá solicitar en la propia Delegación Provincial de A Coruña. En otro caso, se procederá a la exacción por la vía ejecutiva en los términos previstos en la disposición segunda de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23-11-2001 (DOG del 5 de diciembre).

Expediente nº: 949/2002.

Acta nº: 1741/2002.

Titular: Ferrolace, S.L.

NIF/DNI: B-15782584.

Dirección: Vía Edison, 19, polg. Tambre (Santiago de Compostela).

Materia: seguridad e higiene.

Fecha resolución: 11-3-2003.

Resolución: sanción por importe de 1.502,54 euros.

Hechos: con fecha 26-6-2002 se visitó la empresa de la referencia, que se dedica al reparto de paquetería. Se entregó citación a la misma para que presentase documentación laboral y social de la empresa. Una vez presentada se comprueba que carece de evaluación de riesgos.

Se vulnera el artículo 50.2º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y 16.1º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

Tipificación: falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de acuerdo con los artículos 12.1º y 39 y 40, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

A Coruña, 27 de marzo de 2003.

Elisa Madarro González

Delegada provincial de A Coruña