Visto el expediente instruido a efectos de transmisión del establecimiento que se cita a continuación y del permiso de actividad y concesión administrativa que lo ampara, resulta:
a) Antecedentes de hecho.
Primero.-Mediante escrito de fecha 25-11-2002, Carlos Pimenta Domínguez (DNI 35408925) en nombre y representación de Mariscos Veiro, S.L. (NIF B-36169316) solicitó autorización para la transmisión del permiso de actividad y de la concesión de la estación depuradora/centro de expedición, del que es titular, ubicado en Tragove-Cambados (Pontevedra).
Segundo.-El interesado aportó la documentación requrida para la tramitación.
Tercero.-En el expediente obra la siguiente documentación, referida al resultado de la información oficial.
-Informe técnico favorable de la Delegación Territorial de Pontevedra.
-Informe favorable sobre la transmisión de la concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre de Puertos de Galicia.
-Informe jurídico favorable del Servicio Técnico Jurídico.
Cuarto.-Con fecha 31 de ocutubre de 2002, Puertos de Galicia otorgó a Mariscos Veiro, S.L. autorización para la transmisión de la titularidad de la concesión de ocupación de dominio público marítimo-terrestre.
b) Fundamentos jurídicos.
Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.
Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.
Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería
RESUELVE:
Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Depuradora de Moluscos La Sirena, S.L. (NIF B-36395101), del permiso de actividad y concesión del establecimiento que se indica a continuación:
Identificación:
Tipo: estación depuradora/centro de expedición.
Nombre: Mariscos Veiro, S.L.
Actividad: eliminación de gérmenes patógenas/envasamiento.
Ubicación: Tragove, Cambados (Pontevedra).
Especies autorizadas: moluscos.
Título habilitante:
Orden de otorgamiento: 27-7-2001 (DOG nº 170, del 3 de septiembre).
Fin de la vigencia: 4-9-2011.
Actual titular: Mariscos Veiro, S.L. (CIF B-36169316).
Nuevo titular: Depuradora de Moluscos La Sirena, S.L. (NIF B-36395101).
Bajo las siguientes condiciones:
Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:
a) Documento notarial de la transmisión o donación.
b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.
Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.
Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Vigo, 9 de mayo de 2003.
P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)
Paloma Rueda Crespo
Delegada territorial de Vigo

