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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 19 de mayo de 2003 Pág. 6.467

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 7 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la Resolución de 20 de noviembre de 2002, de concesión de incentivos a la contratación indefinida con origen en planes empresariales de incremento de la estabilidad laboral del expediente administrativo FM 343G 2001/858-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de concesión de las ayudas a la contratación indefinida con origen en planes empresariales de incremento de la estabilidad laboral del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 27-4-2001 (DOG nº 92, del 14 de mayo), se procede a la presente publicación:

«1º Expediente de procedimiento: FM 343G 2001/858-5.

Orden de convocatoria: 27 de abril de 2001 (DOG nº 92, del 14 de mayo).

Interesado: Galmetopa, S.L.

Domicilio: A Venda Nova, San Xurxo s/n, 36473 Salceda de Caselas (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación al amparo de la Orden de 27-4-2001 del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de 20 de noviembre de 2002.

Parte dispositiva de la resolución:

ACUERDA:

1. Denegar a Galmetopa, S.L., la ayuda solicitada por la contratación de Nicolás Pérez Villaverde, dado que el trabajador no estaba inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha de inicio de la relación laboral indefinida, por lo que su contratación no está incluída en el ámbito de aplicación de las ayudas previstas en el artículo 2.2º a).

2. Conceder a Galmetopa, S.L., las ayudas y subvenciones con origen en el plan de incremento de la estabilidad laboral, por una cuantía de 18.030,36 euros, por la contratación de tres trabajadores, obteniendo una tasa de estabilidad de 100%.

3. Condicionar el pago de estas ayudas y subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la orden de convocatoria, a la presentación por parte del beneficiario en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la presente notificación, de un ejemplar, original o fotocopia compulsada, de la documentación que se indica:

-Documentos TC2, correspondientes a las siguientes mensualidades: septiembre de 2001.

-Documentación acreditativa de que están al día en sus obligaciones tributarias, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, y de que no tienen pendiente ninguna deuda por ningún concepto con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

-Declaración complementaria de la establecida en el artículo 9.4º de la orden de convocatoria, del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución para el mismo proyecto de las distintas administraciones públicas competentes con otros entes públicos o, en su caso, que no ha solicitado ni percibido otras ayudas y subvenciones.

-Declaración de la condición de PYME.

4. De no presentarse en el plazo indicado o de no ser correcta o acorde con lo solicitado, se procederá, según el caso, a la revocación total o parcial de la ayuda concedida (artículo 17 de la orden de convocatoria).

5. Recordar al beneficiario el necesario cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento, información y comunicación contempladas en los artículos 15 y 16 de la orden de convocatoria.

Notifíquese al interesado esta resolución, que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 20 de noviembre de 2002. P.D. Delegado provincial de Pontevedra. Joaquín Macías Sánchez».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.

Vigo, 7 de abril de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra

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