De conformidad con la autorización formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y lo acordado por esta Alcaldía, se formula la siguiente convocatoria pública:
1. Objeto: elección de juez de paz titular del Ayuntamiento de Cabanas.
2. Plazo de presentación de solicitudes: quince días hábiles a contar desde la fecha de la última publicación del anuncio en el BOP o DOG.
3. Condiciones de los solicitantes: ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la Ley orgánica 6/1985.
4. Documentos a presentar.
a) Instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
b) Certificación de nacimiento o fotocopia autenticada del DNI.
c) Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes y declaración complementaria a que hace referencia el artículo 2 de la Ley 68/1980 en su punto 1.a) referente a si se encuentra inculpado o procesado.
d) Declaración responsable de no estar incurso en causa de incapacidad.
e) Justificación de méritos que alegue el solicitante, así como actividades que realiza.
5. Elección: el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiese solicitantes, el Pleno elegirá libremente.
Cabanas, 9 de abril de 2003.
Modesta Anca Rico
Alcaldesa presidenta

