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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 26 de junio de 2003 Pág. 8.437

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN de 20 de junio de 2003 por la que se establecen las condiciones de la emisión de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 200 millones de euros.

Con base en el artículo 28 de la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, el Consello de la Xunta de Galicia, por Decreto 145/2003, de 31 de enero, autorizó la realización de las operaciones financieras recogidas en la indicada ley mediante la emisión de deuda pública o la concertación de créditos, facultando, asimismo, al conselleiro de Economía y Hacienda para que establezca las condiciones de las mencionadas operaciones y dicte las disposiciones necesarias a tal efecto.

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 2003, se obtuvo la autorización establecida en el artículo 14.3º de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

Emitir deuda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia por un importe de 200 millones de euros. Esta emisión se realiza bajo la forma de obligaciones de la Xunta de Galicia, representada mediante anotaciones en cuenta, al amparo de los artículos 55 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, con las modificaciones introducidas por la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, y de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y liquidación de valores.

La emisión de deuda pública que autoriza la presente orden tendrá las características que se detallan a continuación:

Importe: 200 millones de euros.

Fecha de emisión: 1º de julio de 2003.

Fecha de desembolso: 1º de julio de 2003.

Precio de emisión: a la par, libre de gastos para el suscriptor.

Nominal de las obligaciones: 1.000 euros.

Suscripción: será realizada directamente por las entidades financieras aseguradoras de la emisión, actuando en nombre propio o por cuenta de terceras personas, desde el día 20 al 30 de junio de 2003.

Cupón: el pago del cupón será anual y vencerá el día 1 de julio de cada año. La Xunta de Galicia pagará en su vencimiento el cupón por su importe líquido. Si el poseedor es un inversor no residente que no

opere en España mediante establecimiento permanente, se procederá a la devolución de oficio de las retenciones practicadas, según el procedimiento establecido en la Resolución de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro de esta consellería, de fecha 22-10-1993 (DOG del 8 de noviembre). Asimismo, se procederá a la devolución de oficio de las retenciones practicadas a los inversores sujetos pasivos del impuesto de sociedades, así como a los inversores no residentes que operen en España a través de establecimiento permanente, según el procedimiento establecido en la Resolución de la Dirección General de Política Fiananciera y Tesoro de fecha 3-7-2001 (DOG del 9 de julio).

Cotizaciones: se solicitará la inscripción de esta deuda pública en el mercado de deuda pública de anotaciones Iberclear, en la forma prevista en los artículos 55 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, de mercado de valores, y en los demás preceptos legales aplicables en la materia.

Fiscalidad: de conformidad con lo previsto en el artículo 14,5º de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, esta emisión goza de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.

Amortización: de una sola vez a la par, a los diez años de la fecha de emisión.

Tipo de interés: 3,80% .

Liquidez: las entidades aseguradoras garantizan durante la vida de la emisión la liquidez de las obligaciones.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2003.

Jose Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda